Resolución estableciendo la aprobación de la Ley Modelo de Discapacidad en África

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Resolución estableciendo la aprobación de la Ley Modelo de Discapacidad en África

EL PARLAMENTO PANAFRICANO,CONSIDERANDO el Artículo 17 del Acta Constitutiva de la Unión Africana, que establece el Parlamento Panafricano para asegurar la plena participación de los pueblos de África en el desarrollo e integración económicas del continente";CONSIDERANDO ASIMISMO el Artículo 3 del Protocolo al Tratado estableciendo la Comunidad Económica Africana relativo al Parlamento Panafricano y la Regla 4 (a) del Reglamento Interno del Parlamento Panafricano, que empodera al PAP para facilitar la cooperación regional, desarrollo y promoción de la "autosuficiencia colectiva y recuperación económica", así como la implementación de las políticas, objetivos y programas "de la Unión Africana;CONSIDERANDO TAMBIÉN el Artículo 11(3) del Protocolo del PAP y la Regla 4 (d), y (e) del Reglamento del PAP, que empodera al PAP para trabajar hacia la armonización y coordinación de las leyes de los Estados miembros de la Unión Africana, entre otras cosas mediante la propuesta y el desarrollo de leyes modelo;CONSIDERANDO ADEMÁS la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos y la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, con el cambio de enfoques tradicionales orientados a la caridad y basados en la medicina, que garantizan la igualdad de derechos a las personas independientemente de su condición, incluyendo la discapacidad;RECORDANDO ADEMÁS la Resolución del PAP sobre la Ley Modelo de Discapacidad en África, que fue aprobada durante la Primera Sesión Ordinaria de la Quinta Legislatura, en octubre de 2018;RECONOCIENDO que las personas con discapacidad enfrentan discriminación y barreras que les impiden participar en la vida social en igualdad de condiciones con las demás, se les niega su derecho a vivir independientemente en la comunidad con protección social;ACOGIENDO CON BENEPLÁCITO la asociación entre el Parlamento Panafricano y la Alianza Africana para la Discapacidad para cumplir los derechos humanos de las personas con discapacidad promoviendo e incorporando la discapacidad en los Estados miembros de la Unión Africana mediante el desarrollo de una Ley Modelo de Discapacidad;APRECIANDO las contribuciones de las consultas regionales sobre el Proyecto de Ley Modelo de Discapacidad que han brindado una oportunidad para que los ciudadanos africanos, las organizaciones de base y otras partes interesadas se involucren con el proyecto de Ley Modelo;APRECIANDO también el apoyo técnico brindado por la Alianza Africana para la Discapacidad al Parlamento Panafricano en la formulación y consultas sobre el proyecto de ley modelo sobre discapacidad, que facilitará la adaptación del Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre los derechos de las personas con discapacidad, así como la formulación de políticas nacionales de derechos humanos y legislaciones sobre discapacidad;CONVENCIDO de que un marco continental exhaustivo e integral para promover y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad contribuirá de manera significativa a corregir la profunda desventaja social de las personas con discapacidad y promoverá su participación en los ámbitos civil, político, económico, social y cultural con igualdad de oportunidades, tanto a nivel nacional como internacional;DE ACUERDO con la Regla 5 (b), (c) y (d) del Reglamento del Parlamento Panafricano, que empodera al PAP para, entre otras cosas, organizar debates, discutir, expresar una opinión, hacer recomendaciones y tomar resoluciones sobre los objetivos y sobre cualquier asunto relacionado con la Unión Africana y sus órganos, las comunidades económicas regionales, los Estados miembros y sus órganos e instituciones;
POR LA PRESENTE RESUELVE:
1.APROBAR la Ley Modelo de Discapacidad en África;
2.SOLICITAR al Buró del PAP que someta la Ley Modelo de Discapacidad a los Órganos de Política de la UA para su aprobación y uso por parte de los Estados Miembros de la UA;
3.EMPRENDER actividades de promoción para la ratificación del Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y para el respaldo y uso de los Estados Miembros de la UA;
4.FORTALECER la colaboración y los intercambios entre los órganos parlamentarios regionales y nacionales, con vistas a mejorar la capacidad de los parlamentarios para supervisar y promover la incorporación de la discapacidad en las políticas y programas nacionales, así como en los instrumentos presupuestarios y legislativos.
Aprobada en Midrand, Sudáfrica17 de octubre de 2019
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Cited documents 1

Model Law 1
  1. The African Model Law on Disability

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